junio 24, 2025
portada noti cabestrada sanse

Foto: Azabache y Oro | Luis Gala

Estas son las respuestas a las preguntas que formulamos ayer en los cuestionarios de las stories de Instagram.
Únete a nuestro canal de Telegram: t.me/revtauromadrid
Únete a nuestro canal de WhatsApp: https://whatsapp.com/channel/0029Va7yoCw2kNFkPUBVUS1S

Revista TauroMadrid, medio de comunicación especializado en festejos taurinos de la Comunidad de Madrid, en su labor diaria de difusión taurina quiere contribuir al conocimiento de los aficionados al mundo de los festejos taurinos populares. En el caso de estos reglamentos, cada Comunidad Autónoma tiene su particular reglamento, por lo que se da la tesitura de que existen alrededor de 17 reglamentos de festejos taurinos populares, mientras que para los festejos mayores hay en la actualidad 6: el Reglamento Nacional, y luego ya por otras Comunidades Autónomas, con muchas similitudes, pero Andalucía, Aragón, País Vasco, Castilla y León y Navarra tienen su particular reglamento taurino.

La Comunidad de Madrid tiene un reglamento de festejos populares demasiado anticuado y no adaptado a las necesidades que la tauromaquia actual requiere. Data del 25 de julio de 1996, es decir, casi 30 años de un reglamento que deja mucho que desear. Respecto a las tres preguntas que lanzábamos a nuestros seguidores, estas son las respuestas a las mismas tal cual aparecen en el reglamento:

1.- Queda prohibido el siguiente espectáculo…

Las opciones disponibles eran: a) Capeas con vacas | b) Toros embolados a fuego | c) Encierros de toros

Era la más ambigua de todas las preguntas. El reglamento, en su artículo 3, es el apartado referente a los «Espectáculos prohibidos». Para ello, hay que mencionar también el artículo anterior, el 2, y dice lo siguiente:

Artículo  2. Clases de espectáculos taurinos populares.

1. A los efectos de este Reglamento, los espectáculos taurinos populares se clasifican en encierros y suelta de reses.

2. Se entenderá por encierro la conducción a pie y por vías públicas de reses bravas machos, desde el lugar de la suelta hasta la plaza de toros o recinto cerrado, con independencia de que vayan o no a ser corridas o toreadas en una suelta posterior.

La conducción podrá efectuarse en manada o bien de una en una.

Cuando las reses vayan a ser objeto de una lidia posterior, se desecharán aquellas reses que, a pesar de las medidas precautorias adoptadas con anterioridad al encierro, o durante el mismo, se considere que han sido toreadas a juicio del Presidente, o Delegado Gubernativo, veterinarios, ganaderos, empresarios y toreros, o cualquiera de sus representantes, debiéndose apuntillarlas en presencia del Delegado de la Autoridad.

Las reses irán siempre acompañadas por cabestros. A efectos de este Reglamento se consideran cabestros únicamente los machos castrados y en ningún caso las hembras.

3. Se entenderá por suelta de reses el espectáculo consistente en correr o torear reses bravas por el público en una plaza o recinto cerrado.

Con ocasión de la suelta de reses podrán celebrarse concursos y exhibiciones consistentes en la ejecución de saltos, cambios, quiebros y recortes a las reses a cuerpo limpio, o en la colocación de anillas en las astas de las mismas.

¿Por qué ponemos este artículo? Muy sencillo. El artículo 3 dice textualmente: 1. Quedan prohibidos los espectáculos taurinos populares que no puedan ser incluidos en las categorías establecidas en el artículo anterior. Por lo tanto, únicamente están permitidos en nuestra región los encierros y las sueltas de reses. Además, en el art. 3.2 cita también más prohibiciones, como el caso del toro embolado o el toro ensogado.

2. En particular, se prohíben aquellos espectáculos taurinos que impliquen maltrato a las reses y, especialmente, los siguientes:

–      Los espectáculos consistentes en embolar a las reses, prendiendo fuego al material o sustancia con que se ha realizado el embolado o en sujetar antorchas a sus astas.

–      Los espectáculos consistentes en atar a las reses con maromas, sogas o de cualquier otra manera.

2.- En la suelta de reses, las astas de los toros estarán…

Las opciones disponibles eran: a) En puntas | b) Claramente despuntadas, afeitadas y romas | c) Tal cual salgan de la finca, en puntas o afeitado

El artículo 30 del reglamento menciona todo lo relacionado con las astas de los animales que serán soltados, tanto en encierros como en sueltas de reses.

Artículo 30. Astas.

En los espectáculos taurinos populares, con excepción de aquellos en que las reses vayan a ser lidiadas en una corrida de toros o novillada, se observarán las siguientes reglas respecto de las astas de las reses:

a)    Encierros: las astas estarán claramente despuntadas, afeitadas y romas.

b)    Suelta de reses: las astas de todas las reses estarán claramente despuntadas, afeitadas y romas.

c)    Suelta con exhibición o concurso: con carácter excepcional las astas de las reses podrán estar en puntas.

d)    En todo caso la merma de las defensas no podrá afectar a la parte cavernosa o clavija ósea del asta, realizándose sobre la parte maciza o pitón de la misma.

3.- El tiempo máximo de permanencia de la res será…

Las opciones disponibles eran: a) Una hora de reloj | b) Media hora | c) Quince minutos

Uno de los apartados más polémicos del reglamento, quitando el de la primera pregunta. El reglamento, en su artículo 33, menciona el desarrollo de las sueltas de reses. En el artículo 2 menciona que «el tiempo máximo de permanencia de la res será de quince minutos». Después de estas líneas, queremos destacar y agradecer la gran afición que tienen las peñas y asociaciones taurinas de nuestra comunidad, que tienen que lidiar con semejantes tropelías desde hace 28 años. Y a pesar de ello, ahí siguen al pie del cañón.

Dicho esto, esperamos que haya sido de vuestro agrado este particular cuestionario con el que queremos difundir y conocer el actual reglamento. Durante los próximos meses tenemos intención de continuar con este tipo de contenido con la finalidad de que nuestros lectores puedan conocer en profundidad tanto el reglamento de festejos taurinos populares de la Comunidad de Madrid así como el reglamento nacional de festejos taurinos.

La participación tiene premio

Participar en esta particular iniciativa tendrá premio. Y es que todos los que hayan acertado las tres preguntas habrán recibido una mención para ponernos en contacto con ellos, mediante MD en la red social de Instagram. En la misma, habrán recibido las instrucciones para proceder al envío de la revista digital de marzo. Es nuestra manera de agradecer su participación, al igual que la de todos aquellos que han respondido a las tres preguntas.

error: Content is protected !!